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Segunda Audiencia Pública del Reglamento de la Ley Crea y Crece
Segunda Audiencia Pública del Reglamento de la Ley Crea y Crece
El Ministerio de Economía ha reactivado la tramitación del Real Decreto que regulará la facturación electrónica entre empresas y profesionales, abriendo un nuevo período de consulta pública. Este nuevo borrador introduce ajustes clave que pueden impactar en la digitalización y gestión empresarial.
Con esta publicación se refuerza la apuesta por la digitalización de los procesos de facturación, facilita la estandarización con la normativa europea y otorga mayor seguridad jurídica en el cálculo de los plazos de pago.
Principales Novedades:
- Se adopta el formato UBL en la solución pública de facturación electrónica, abandonando Facturae y alineándose con la normativa europea VIDA.
- Se establece una regulación más detallada de la copia fiel de la factura electrónica, garantizando su integridad y trazabilidad.
- Se define con mayor precisión el cálculo del plazo de pago, facilitando su aplicación.
- Se establecen disposiciones generales sobre el País Vasco y Navarra.
Cambios Destacados en el Texto del Proyecto:
- Formato UBL: Se establece que todas las copias fieles de las facturas remitidas a la solución pública deberán utilizar este formato, alineándose de este modo tanto a la norma europea EN16931 como a la directiva referente al sistema común del impuesto sobre el valor añadido (IVA) de la Unión Europea (Artículos 6.2 y 11.2).
- Definición de «copia fiel»: Se aclara el procedimiento para la remisión de facturas a la solución pública cuando se empleen plataformas privadas (Artículo 2.e).
- Eliminación de la excepción para facturas voluntarias: Todas las facturas electrónicas deberán remitirse, sin excepciones para aquellas emitidas de manera voluntaria (Artículo 4).
- Aclaración sobre la información de pagos: Se detallan aspectos específicos sobre la gestión de cargos y abonos (Artículo 10.5).
- Facturas emitidas mediante el formulario web: Se establece que estarán bajo el sistema VERI*FACTU, asegurando su verificabilidad (Disposición Adicional 1ª).
- Entrada en vigor: Se especifica que el plazo de transición comenzará tras la aprobación de la Orden Ministerial, manteniendo el inicio escalonado para pymes y autónomos (Disposiciones Transitorias 2ª y 3ª y Disposición Final 4ª).
Participación en la Consulta Pública
Las empresas, profesionales y proveedores de software tienen la posibilidad de presentar comentarios y sugerencias en esta fase del proceso normativo. Es fundamental estar informados y preparados para los cambios que se avecinan en el ámbito de la facturación electrónica.
Desde T4S seguimos de cerca la evolución de esta regulación y su impacto en el ecosistema empresarial español. Le invitamos a mantenerse informado a través de nuestras newsletters mensuales, donde analizamos las novedades normativas y tecnológicas en el ámbito de la facturación electrónica y la digitalización empresarial que afectan a su empresa.
Si quieres saber todos los detalles de la consulta pública y su borrador puedes acceder al siguiente enlace del Ministerio de Economía: