¿En qué consiste?
La Ley Crea y Crece forma parte del Plan de Recuperación, ya que busca facilitar la creación de nuevas empresas e impulsar el desarrollo, reduciendo obstáculos regulatorios o de otra índole.
Los pilares en los que sustenta son:
• Agilizar la creación de empresas.
• Apoyar financieramente al crecimiento empresarial.
• Mejorar la regulación y eliminar los obstáculos asociados a la actividad económica.
• Definir medidas de lucha contra la morosidad.
Facturación electrónica
Entre sus objetivos principales está promover el uso de la Factura Electrónica. Se trata de una medida que pretende:
• Digitalizar las relaciones entre empresas y autónomos
• Reducir los costes de transacciones económicas
• Facilitar la transparencia y la trazabilidad de las operaciones.
Se amplía por tanto el ámbito actual de la factura electrónica, mediante la modificación de la Ley 56/2007, de 28 de diciembre, siendo de obligado cumplimiento el envío y recepción a todas las empresas y autónomos en sus relaciones comerciales.
Los detalles de la Ley relativos a la factura electrónica
Así, en el Artículo 12, se incluye lo siguiente:
1. Todas las empresas y autónomos deberán expedir y remitir facturas electrónicas en sus relaciones comerciales con otras empresas y autónomos.
2. Las facturas electrónicas deberán cumplir, en todo caso, lo dispuesto en la normativa sobre facturación.
3. Las empresas y autónomos deberán facilitar el acceso a los programas necesarios para que los destinatarios de las facturas los puedan leer, copiar, así como descargar e imprimir la factura electrónica de forma gratuita sin tener que acudir a otras fuentes para proveerse de las aplicaciones necesarias para ello.
4. Los destinatarios de las facturas podrán consultar éstas por medios electrónicos durante, al menos, los últimos cuatro años. Este derecho no se verá alterado por el hecho de que se haya resuelto el contrato ni cuando el destinatario de las facturas haya expresado su voluntad de no recibir facturas electrónicas a partir de un determinado momento.
5. Constituirá infracción administrativa el no ofrecer a los clientes la posibilidad de recibir facturas electrónicas y el no permitir el acceso a sus facturas a quienes hayan dejado de serlo y podrá ser sancionada con apercibimiento o multa de hasta 10.000 euros. La determinación y graduación de la sanción se realizará conforme a los criterios establecidos en el artículo 19.2 de la Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. Será competente para imponer esta sanción la persona titular de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial.
¿Cuándo entra en vigor y a quién afecta?
La Ley Crea y Crece entró en vigor el pasado 19 de octubre de 2022, a excepción del artículo relativo a la facturación electrónica entre empresas y autónomo.
En el caso de la facturación electrónica:
• Para las empresas y autónomos cuya facturación anual sea superior a ocho millones de euros, entrará en vigor 1 año después de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Se espera que el reglamento quede aprobado a lo largo del segundo trimestre de 2023. Eso implica que la entrada en vigor estimada sería el segundo trimestre de 2024, para las empresas y autónomos que cumplan con este criterio.
• Para el resto de las empresas y autónomos, entrará en vigor a los 2 años de la citada publicación en el «Boletín Oficial del Estado», lo que supondría su cumplimiento a lo largo del segundo trimestre de 2025.
¿Cómo podemos ayudarte?
En T4S Advance Solutions contamos con un equipo especializado en cumplimiento normativo y regulación, que podrá asesorarte al respecto de esta nueva Ley, cómo te afecta y cómo puedes adaptar tus procesos y sistemas para cumplir con los requerimientos de ésta.
No dudes en consultarnos y te ayudaremos a adaptarte y beneficiarte de esta nueva Ley.
Ivan Cabezas Castillo
Manager SAP