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Actualizaciones de la Ley Crea y Crece, Verifactu y el Nuevo Modelo 303
Actualización 28/10/2024:
El lunes 28 de octubre de 2024, el Ministerio de Hacienda ha publicado en el BOE la orden ministerial por la que se desarrollan las normas técnicas y funcionales de Verifactu, marcando el inicio del desarrollo intensivo del software.
Esto implica que el 29 de julio de 2025 entrará en vigor la obligación para que los desarrolladores y fabricantes de software cumplan con los requisitos establecidos por la Agencia Tributaria. Por otro lado, la fecha de obligación límite para el cumplimiento normativo para las empresas y autónomos continúa siendo el 1 de julio de 2025. Sin embargo, debido a esta incongruencia de fechas se prevé que la Agencia Tributaria revise esta normativa para retrasar al menos seis meses la obligación para las empresas, lo que podría llevar la fecha efectiva a enero de 2026.
Avances en Verifactu y Retraso en la Ley Crea y Crece
Las dos normativas clave en materia de facturación electrónica, Verifactu y Ley Crea y Crece presentan importantes actualizaciones:
Verifactu: Recientemente, la AEAT ha hecho público el entorno de pruebas y se ha actualizado la documentación técnica, publicándose las especificaciones técnicas. La Orden Ministerial pendiente podría publicarse en cualquier momento a partir de octubre. Según el reglamento con fecha 06.12.2023, todas las empresas y autónomos obligados, deberán adaptarse a la norma con plazo hasta el 1 de julio de 2025. Sin embargo, la implementación completa podría retrasarse hasta principios de 2026. Para consultar más detalles en la web de la Agencia Tributaria: VeriFactu.
Ley Crea y Crece: Se ha confirmado el aplazamiento de la Ley Crea y Crece de obligatoriedad de facturación electrónica B2B hasta, al menos, 2027. Originalmente prevista para 2025, las dificultades técnicas parece que pueden obligar a retrasar su implementación. Las autoridades públicas han anunciado la necesidad de iniciar una modificación legal solicitada por la Agencia Española de Protección de Datos. La entrada en vigor de la ley dependerá, a su vez, de una Orden Ministerial que aún está pendiente.
A pesar de este posible retraso, la digitalización de la facturación en España es inevitable ya que existe el proyecto VIDA de la unión europea que promueve la digitalización de la factura electrónica como muy tarde para el 2030, este cambio traerá beneficios como mayor transparencia, simplificación de procesos y reducción de errores. Adaptarse con anticipación es clave para estar preparados y cumplir con las futuras normativas.
Nuevo Modelo 303 y tipos impositivos
La Orden HAC/819/2024 que se publicó el 5 de agosto, introduce cambios relevantes en el modelo 303.
Esta Orden tiene por objeto adaptar el modelo 303 a la figura de la autoliquidación rectificativa introducida por la Ley 13/2023 y permitir la declaración en este modelo 303 de los nuevos tipos impositivos y recargos de equivalencia introducidos por el Real Decreto-ley 4/2024.
La mencionada Orden se aplicará por primera vez:
- Para aquellos sujetos pasivos con periodo de liquidación mensual en la autoliquidación de septiembre de 2024.
- Para aquellos sujetos pasivos con periodo de liquidación trimestral en la autoliquidación del tercer trimestre de 2024.
SAP va a liberar la solución para dar cobertura tanto a la nueva manera de solicitar las devoluciones mediante la llamada autoliquidación rectificativa como las nuevas casillas para informar los nuevos tipos impositivos.
Dentro de la solución de SAP se incluye:
- Nueva casilla 108 que se informará como un parámetro de entrada a rellenar manualmente por el usuario debido a la imposibilidad de automatizar una lógica de rellenado.
- Nuevo flag en los parámetros de entrada en la que se indicará si se solicita la devolución.
- Nueva casilla 111 – con 2 fases en la solución, una primera en la que se rellenará manualmente y una segunda (finales de octubre principios de noviembre) en la que entrará la lógica de cumplimentado automático y su impacto junto con la casilla 71.
Por otro lado, entran en vigor nuevos tipos impositivos que se detallan a continuación:
- 7,5% (1% de recargo de equivalencia) – para aceites de semillas y pastas alimenticias.
- 2% (0,26% de recargo de equivalencia) – para el pan común, harinas panificables, determinados tipos de leche, quesos, huevos, frutas, verduras, hortalizas y aceite de oliva entre otros.
Estos nuevos tipos entran en vigor en octubre temporalmente hasta diciembre de 2024. Por tanto, aquellas empresas que se vean impactadas por este tipo de productos deberán adaptar sus indicadores de impuestos en SAP.
Desde T4S os mantendremos informados en cuanto se liberen las notas que permiten la actualización del modelo 303.