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ViDA: el calendario que reordena el IVA en la Europa digital
Qué cambia en el reporting, qué modelos de facturación conviven en la UE y quién va por delante hacia 2030
Imagina que diriges el área fiscal de un grupo con filiales en España, Bélgica, Polonia y Francia. En enero de 2026 te obligan a facturar electrónicamente en Bélgica vía Peppol; en febrero, Polonia exige que cada factura pase por una plataforma estatal antes de existir legalmente; en septiembre llega Francia con otro modelo. Y, al fondo, una fecha común que lo ordena todo: el 1 de julio de 2030. Esa superposición de plazos no es casual: cada mandato nacional traduce una misma norma europea, ViDA (VAT in the Digital Age). Para los equipos fiscales y financieros, entenderla ya no es necesidad, sino planificación a corto plazo.
ViDA en una frase (y en tres pilares)
ViDA moderniza el IVA europeo para la era digital y, sobre todo, para cerrar la brecha de fraude. El Consejo lo adoptó el 11 de marzo de 2025 y entró en vigor el 14 de abril de 2025 (Directiva (UE) 2025/516 y reglamentos 2025/517 y 2025/518); su despliegue es progresivo hasta 2035. Tres pilares:
- Reporting digital y factura electrónica (DRR): factura estructurada obligatoria y comunicación de cada operación casi en tiempo real en el B2B intracomunitario.
- Economía de plataformas: las plataformas de alojamiento de corta duración y transporte de viajeros pasan a ser “proveedor presunto” del IVA.
- Registro único de IVA: ampliación de la ventanilla única (OSS) para evitar múltiples registros al operar en varios Estados.
El calendario oficial de ViDA
ViDA es una secuencia de hitos escalonados hasta 2035. Estas son las fechas que marcan la agenda europea:

Importante: estas son las fechas europeas. Los mandatos nacionales corren por su cuenta y casi siempre van por delante, porque desde abril de 2025 cada Estado puede obligar a la factura electrónica sin pedir permiso a Bruselas.
Del estado recapitulativo al reporting casi en tiempo real
Hoy una empresa española declara sus ventas intracomunitarias de forma agregada y a posteriori (el estado recapitulativo, modelo 349). Desde el 1 de julio de 2030, cada operación B2B intracomunitaria se reportará de forma individual y casi en tiempo real a partir de una factura estructurada conforme a EN 16931; el recapitulativo desaparece para esas operaciones. Consecuencias prácticas:
- Se cierra la ventana de conciliación: la Administración tiene el dato casi al instante; los ajustes de cierre pierden margen.
- Plazos muy cortos: hasta 10 días desde el devengo para emitir (5 en autofacturación).
- El XML es la factura legal, no el PDF (sintaxis UBL o CII); el PDF, si existe, es mera visualización.
- La factura-e pasa a ser condición para deducir: disponer de una factura electrónica válida es condición sustantiva para deducir el IVA soportado y para la exención intracomunitaria. Un fallo formal compromete el derecho a deducir.
El reporting deja de ser una fotografía periódica que se revela en el cierre y pasa a ser un vídeo en directo. Esa es, en una frase, la transformación que trae ViDA.
Los modelos de facturación: del post-audit al clearance
Todos los Estados convergen al mismo estándar semántico (EN 16931), pero difieren en cómo se intercambian y validan las facturas. El modelo determina la arquitectura, el momento legal de la factura y el riesgo:
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Modelo |
Cómo funciona |
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Post-audit |
Intercambio libre y revisión posterior por inspección. El modelo tradicional y más ligero. |
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Clearance |
La factura se transmite a una plataforma estatal que la valida y le asigna un identificador; hasta entonces no existe legalmente. Máximo control y visibilidad inmediata. |
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Red descentralizada |
Modelo de cuatro esquinas (Peppol): puntos de acceso certificados intercambian con protocolos estándar, sin plataforma central que apruebe. |
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Cinco esquinas |
Como el anterior, pero un servicio público central mantiene el directorio de enrutamiento y concentra los datos de reporting (en Francia, el PPF). |
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CTC / tiempo real |
Término paraguas (Continuous Transaction Controls) para los sistemas que reciben el dato en tiempo real, por clearance o por reporting paralelo. |
La tendencia es inequívoca: se abandona el post-audit en favor de la visibilidad casi en tiempo real. España, con su SPFE y su modelo de plataformas privadas más solución pública, se sitúa cerca del modelo de cinco esquinas, con la copia fiel obligatoria como mecanismo de visibilidad.
El mapa europeo: quién ya está y quién viene
Italia abrió camino en 2019; el grueso de los mandatos se concentra en 2026-2028, antes del hito común de 2030.

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País |
Modelo |
Calendario |
Detalle |
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Italia |
Clearance (SdI) |
Desde 2019 |
Pionera europea. Toda factura pasa por el SdI. Formato FatturaPA. |
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Rumanía |
Clearance (RO e-Factura) |
Desde 2024 |
Reporting B2B desde ene 2024; canal único obligatorio desde jul 2024. |
|
Bélgica |
Red Peppol |
Desde ene 2026 |
B2B estructurado vía Peppol BIS (EN 16931); modelo descentralizado de cuatro esquinas. |
|
Croacia |
Fiskalizacija 2.0 |
Desde ene 2026 |
Emisión y recepción de facturas estructuradas (eRačun) + fiscalización. EN 16931 / Peppol BIS 3.0. |
|
Polonia |
Clearance (KSeF) |
feb–abr 2026 |
Grandes (>200 M PLN) desde 1 feb; resto desde 1 abr; micro en 2027. Formato FA(3). |
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Grecia |
Clearance (myDATA) |
mar / oct 2026 |
Validación en myDATA antes de entregar. Grandes (>1 M€) desde 2 mar; resto desde 1 oct (Ley 5222/2025). |
|
Francia |
Cinco esquinas (Y) |
sep 2026 / 2027 |
Plataformas acreditadas PA (antes PDP) + portal PPF como directorio. Factur-X, UBL 2.1, CII. |
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Alemania |
Descentralizado |
ene 2027 / 2028 |
Recepción desde 2025; emisión 2027 (>800.000 €) y todas en 2028. XRechnung, ZUGFeRD. |
|
España |
Plataformas + pública |
oct 2027 / 2028 |
SPFE + plataformas privadas (Crea y Crece + RD 238/2026). Veri*Factu: 1 ene 2027 (Sociedades) / 1 jul 2027 (resto). |
|
Eslovenia |
B2B estructurado |
ene 2028 |
Mandato B2B legislado en octubre de 2025. |
Más allá del reporting: plataformas y registro único
Aunque el grueso del impacto operativo está en el primer pilar, conviene no perder de vista los otros dos, que afectan especialmente a quien vende a consumidores o factura en varios Estados:
- Economía de plataformas (proveedor presunto). De forma opcional desde julio de 2028 y obligatoria desde enero de 2030, las plataformas digitales de alojamiento turístico de corta duración y de transporte de viajeros deberán repercutir e ingresar el IVA cuando el prestador subyacente no lo haga (por ejemplo, particulares u operadores no identificados a efectos de IVA). El objetivo es nivelar el terreno con los operadores tradicionales del sector.
- Registro único de IVA. Desde julio de 2028 se amplía la ventanilla única (OSS) y se generaliza la inversión del sujeto pasivo para proveedores no establecidos, de modo que una empresa pueda declarar el IVA de más operaciones en distintos Estados sin registrarse en cada uno. Para los grupos con actividad transfronteriza, supone menos registros locales y menos coste de cumplimiento.
ViDA y el mosaico español: cómo encaja con lo que ya existe
Para una empresa española, ViDA no aterriza en el vacío: se superpone a un ecosistema que ya convive. La factura electrónica B2B (Ley Crea y Crece + RD 238/2026, a través de la SPFE) es la pieza que materializa en España el pilar de reporting de ViDA, y adopta el mismo estándar europeo (EN 16931, en sintaxis UBL). No conviene confundirla con los sistemas vecinos:
- SII: el suministro inmediato de información del IVA de las grandes empresas seguirá funcionando en paralelo; reporta registros de los libros de IVA, no facturas electrónicas estructuradas.
- VERIFACTU: regula la integridad e inviolabilidad del software de facturación de pymes y autónomos no acogidos al SII. Es complementario: no sustituye a la factura-e B2B, sino que garantiza cómo se genera internamente.
- Facturae / FACe: el formato y el canal del B2G siguen vigentes para facturar a las Administraciones Públicas.
En la práctica, una misma empresa puede tener que cumplir varios de estos sistemas a la vez. ViDA es el paraguas europeo que los empuja a converger hacia el estándar común.
ViDA y el mosaico español: cómo encaja con lo que ya existe
Para una empresa española, ViDA no aterriza en el vacío: se superpone a un ecosistema que ya convive. La factura electrónica B2B (Ley Crea y Crece + RD 238/2026, a través de la SPFE) es la pieza que materializa en España el pilar de reporting de ViDA, y adopta el mismo estándar europeo (EN 16931, en sintaxis UBL). No conviene confundirla con los sistemas vecinos:
- SII: el suministro inmediato de información del IVA de las grandes empresas seguirá funcionando en paralelo; reporta registros de los libros de IVA, no facturas electrónicas estructuradas.
- VERIFACTU: regula la integridad e inviolabilidad del software de facturación de pymes y autónomos no acogidos al SII. Es complementario: no sustituye a la factura-e B2B, sino que garantiza cómo se genera internamente.
- Facturae / FACe: el formato y el canal del B2G siguen vigentes para facturar a las Administraciones Públicas.
En la práctica, una misma empresa puede tener que cumplir varios de estos sistemas a la vez. ViDA es el paraguas europeo que los empuja a converger hacia el estándar común.
Cómo se traduce en SAP
Para quien opera sobre SAP, ViDA se concreta en varios componentes, SAP S/4HANA, SAP Document and Reporting Compliance (DRC) o soluciones de terceros. Lo ideal es gestionar la factura electrónica y el reporting de cada país desde un único marco. Con tantos mandatos en paralelo, centralizar en una solución evita montar un punto de solución —y un riesgo— por cada país. Puntos clave:
- Factura canónica desde SD/FI: alimentar una salida estructurada EN 16931 (UBL/CII) revisando la determinación de output y el mapeo de campos.
- Escenario de países: KSeF (Polonia), SdI (Italia), RO e-Factura, Peppol (Bélgica), PA/PPF (Francia), SPFE con copia fiel (España).
- Conectividad y estados: punto de acceso Peppol en modelos de red; conexión a la plataforma estatal y gestión del identificador (KSeF ID, CSV, UID) en clearance. Los estados deben llegar a FI-AP y FI-AR.
- Dato maestro del interlocutor (BP): NIF-IVA e identificadores de enrutamiento limpios usados para enrutar y validar.
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País |
Modelo |
Formato |
Escenario / canal en SAP DRC |
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España |
Plataformas + pública |
UBL (EN 16931) |
Emisión vía plataforma privada y copia fiel simultánea a la SPFE; estados de pago. |
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Italia |
Clearance |
FatturaPA |
Emisión y recepción a través del SdI. |
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Francia |
Cinco esquinas |
Factur-X / UBL / CII |
DRC conectado a una plataforma acreditada (PA); e-reporting al PPF. |
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Polonia |
Clearance |
FA(3) |
Escenario KSeF: envío a la plataforma estatal y gestión del KSeF ID. |
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Bélgica |
Red Peppol |
Peppol BIS |
DRC integrado con un punto de acceso Peppol. |
|
Rumanía |
Clearance |
RO_CIUS (UBL) |
Escenario RO e-Factura: envío y validación ante ANAF. |
|
Alemania |
Descentralizado |
XRechnung / ZUGFeRD |
Intercambio vía Peppol, EDI o correo; sin plataforma central. |
Conclusión: un destino común, ritmos distintos
ViDA fija un destino común —reporting digital, factura estructurada y visibilidad casi en tiempo real—, pero cada país llega por su propio camino y a su propio ritmo. Para un grupo con presencia en varios Estados, el reto de los próximos años no es resolver un mandato, sino gestionar varios en paralelo sin multiplicar los proyectos. Italia, Rumanía, Bélgica, Polonia, Grecia y Croacia ya están dentro o arrancando en 2026; Francia, Alemania y España entran entre 2026 y 2028; y 2030 es la línea que todos comparten. Quien aborde ViDA como una plataforma estratégica —dato maestro limpio, factura canónica alineada con EN 16931 y una arquitectura de cumplimiento multipaís— convertirá una obligación regulatoria en una ventaja operativa. Quien espere al último mandato local llegará tarde a una transformación que ya está en marcha.